
October 19, 2022
October 18, 2022
October 3, 2022

FECHA DE EMISIÓN: 7 DE AGOSTO DE 2025 FECHA DE REUNIÓN PRESUBASTA: 14 DE AGOSTO DE 2025; 9:30AM FECHA DE ENTREGA DE OFERTA: 28 DE AGOSTO DE 2025; EN O ANTES 9:00AM FECHA DE APERTURA: 28 DE AGOSTO DE 2025; 9:30AM
Mejoras Intalacion de Unidades
PROYECTO DE MEJORAS AL TERMINAL DE ITURREGUI FECHA DE EMISIÓN: 24 DE JULIO DE 2025 FECHA DE REUNIÓN PRESUBASTA: 5 DE AGOSTO DE 2025; 9:00 AM
The Department of Transportation and Public Works and the Puerto Rico Highway and Transportation Authority through Strategic Planning Office and the Puerto Rico Metropolitan Planning Organization herein notify to the public, municipalities, organizations, and state agencies, the availability of draft documents for the 2050 Long-Range Multimodal Transportation Plan.
El Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación a través de su Oficina de Planificación Estratégica y la Organización Metropolitana de Planificación de Puerto Rico notifican al público, a los municipios, las organizaciones privadas, y a las agencias estatales, de la disponibilidad del BORRADOR de los documentos del Plan de Transportación Multimodal a Largo Plazo 2050.
Segunda Face para establecer los procedimientos para la implementación del Marbete Digital
ORDEN ADMINISTRATIVA PARA ORDENAR CUMPLIMIENTO DE LOS TITULARES DE LAS AUTORIZACIONES PARA TRANSPORTAR GAS NATURAL LICUADO EN PUERTO RICO CON LOS REQUISITOS REGLAMENTARIOS ESTABLECIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE (“FEDERAL MOTOR CARRIER SAFETY ADMINISTRATION”) EN LA TRANSPORTACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS COMO EL GAS NATURAL LICUADO.
El DTOP, en cumplimiento con la Ley 60-2024, adopta esta Orden Administrativa para informar a los acueductos privados bajo jurisdicción del DTOP que los procesos de sus autorizaciones se continuarán efectuando como de costumbre, a saber, mediante Resolución y Orden en virtud de sus condiciones individuales.
Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico
Estas normas establecen los procesos para estacionar vehículos de motor de empleados y visitantes de la Oficina Central de la AMA, y sus terminales. Estas aplican a todo empleado de la AMA que conduzca un vehículo en los terrenos de su sede, así como de sus terminales, y a todo visitante de ambas áreas.
A los fines de garantizar a las personas con impedimentos que no pueden beneficiarse de los servicios de ruta fija, una alternativa para utilizar los servicios de transportación colectiva que administra la AMA, contamos con un servicio complementario de para tránsito conocido como el Programa Llame y Viaje.