
October 19, 2022
October 18, 2022
October 3, 2022

FECHA DE EMISIÓN: 7 DE AGOSTO DE 2025 FECHA DE REUNIÓN PRESUBASTA: 14 DE AGOSTO DE 2025; 9:30AM FECHA DE ENTREGA DE OFERTA: 28 DE AGOSTO DE 2025; EN O ANTES 9:00AM FECHA DE APERTURA: 28 DE AGOSTO DE 2025; 9:30AM
Mejoras Intalacion de Unidades
PROYECTO DE MEJORAS AL TERMINAL DE ITURREGUI FECHA DE EMISIÓN: 24 DE JULIO DE 2025 FECHA DE REUNIÓN PRESUBASTA: 5 DE AGOSTO DE 2025; 9:00 AM
El Departamento de Transportacion y Obras Publicas (DTOP), en confomidad con la Seccion 2.1 de la Ley Num. 38 del 30 dejulio del 2017, segun enmendada, conocida como la "Ley de Procedimiento Administrative Unifomne del Gobiemo de Puerto Rico", publica este Aviso para la promulgacion de enmiendas al Reglamento antes mencionado.
El propósito de esta Primera Enmienda al Reglamento 8589 es atemperarlo a las disposiciones de la Ley 22-2000, supra, que requieren incluir un procedimiento para tramitar las confiscaciones sobre los vehículos de motor a personas convictas por conducir bajo estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias controladas.
El propósito de esta Segunda Enmienda al Reglamento 9169 es a los fines de incorporarle lo dispuesto de la Ley 3 de 10 de enero de 2024 conocida como “Ley para el Beneficio del Retirado Gubernamental” la cual enmendó el Artículo 3.24 de la Ley 22-2000, según enmendada, para disponer la obtención de la tarjeta de identificación con un veinticinco (25%) de descuento a los jubilados del Sistema de Retiro del Gobierno de Puerto Rico.
ORDEN ADMINISTRATIVA PARA ORDENAR CUMPLIMIENTO DE LOS TITULARES DE LAS AUTORIZACIONES PARA TRANSPORTAR GAS NATURAL LICUADO EN PUERTO RICO CON LOS REQUISITOS REGLAMENTARIOS ESTABLECIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE (“FEDERAL MOTOR CARRIER SAFETY ADMINISTRATION”) EN LA TRANSPORTACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS COMO EL GAS NATURAL LICUADO.
El DTOP, en cumplimiento con la Ley 60-2024, adopta esta Orden Administrativa para informar a los acueductos privados bajo jurisdicción del DTOP que los procesos de sus autorizaciones se continuarán efectuando como de costumbre, a saber, mediante Resolución y Orden en virtud de sus condiciones individuales.
Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico
El propósito de este Reglamento propuesto es establecer un método eficaz, objetivo, imparcial y uniforme mediante el cual se establezcan las medidas correctivas y disciplinarias en el área de trabajo
El propósito de esta enmienda es atemperar la reglamentación sabre los marbetes, fomentando la implementaci6n de la tecnología en los procesos expedición de los mismos. Las disposiciones contenidas en este Reglamento aplicaran a toda persona natural o jurídica dueña de un vehículo de motor, arrastre, semiarrastre y/o motocicleta.
El propósito de esta enmienda al Reglamento 9240 es atemperar la reglamentación vigente sobre los marbetes, fomentando la implementación de tecnología en los procesos de expedición de los mismos. Este Reglamento se promulga conforme a la Ley 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada