
June 23, 2026
October 18, 2022
October 3, 2022

FECHA DE EMISIÓN: 7 DE AGOSTO DE 2025 FECHA DE REUNIÓN PRESUBASTA: 14 DE AGOSTO DE 2025; 9:30AM FECHA DE ENTREGA DE OFERTA: 28 DE AGOSTO DE 2025; EN O ANTES 9:00AM FECHA DE APERTURA: 28 DE AGOSTO DE 2025; 9:30AM
Mejoras Intalacion de Unidades
PROYECTO DE MEJORAS AL TERMINAL DE ITURREGUI FECHA DE EMISIÓN: 24 DE JULIO DE 2025 FECHA DE REUNIÓN PRESUBASTA: 5 DE AGOSTO DE 2025; 9:00 AM
El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP) en cumplimiento con la Ley Núm. 38-2017, según enmendada, propone aprobar la siguiente reglamentación: Reglamento para la Operación del Centro de Coordinación de Excavaciones y Demoliciones: Establece las normas y procedimientos para el aviso de cualquier operador que vaya a efectuar trabajos de excavaciones y/o demoliciones conforme a la ley y las disposiciones legales ante el incumplimiento del mismo. En aras de discutir a fondo el alcance de esta regulación, se celebrará Vista Pública, la cual se llevará a cabo el viernes 14 de agosto de 2026 a partir de las 9:00 a.m. en el Centro de Operaciones de Emergencia (COE) ubicado en el sótano del Centro Gubernamental Roberto Sanchez Vilella (Minillas) Torre Sur ubicado en 300 Ave. De Diego, Santurce, PR, 00911. Copia del reglamento (borrador) estará disponible durante días laborales de 8:00 a.m. a 12 p.m. y de 1:00 p.m. a 4:00 p.m. en el DTOP, División Legal, ubicado en el Centro Gubernamental Roberto Sanchez Vilella Torres Sur Piso 17. De igual modo, se encuentra disponible a través de la página web del Departamento de Transportación Pública en la siguiente dirección: www.dtop.pr.gov. Toda persona puede someter sus comentarios por escrito al siguiente correo electrónico: comentariosreglamentos@dtop.pr.gov. Igualmente, se podrán someter comentarios por escrito a la siguiente dirección postal: Departamento de Transportación y Obras Públicas, División Legal, PO Box 41269, San Juan, PR 00940-1269.
The Puerto Rico Department of Transportation and Public Works (PRDTPW), as the umbrella agency for transportation, and the Puerto Rico Highways and Transportation Authority (PRHTA) prepare this Statewide Transportation Improvement Program (STIP), which includes the proposed distribution, by projects, of the federal funds assigned to Puerto Rico for the fiscal years of 2023 to 2026, through programs of the Federal Highway Administration (FHWA) and the Federal Transit Administration (FTA), to which it is presented for joint approval. This STIP includes transit and highway projects for both urbanized and non-urbanized (rural) areas, thus covering all of Puerto Rico.
El Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación notifican al público en general, a los proveedores de servicio de transportación del sector privado y a las autoridades municipales, estatales y federales que la Organización Metropolitana de Planificación de Puerto Rico (PRMPO, en inglés) en las reuniones celebradas 8 de abril de 2026 aprobó: • Programa de Planificación Integrado (UPWP, en inglés) para los años scales 2026-2027, Enmienda 1 El UPWP contiene las actividades de planificación y estudios con fondos, bajo las Secciones 5303 y 5304 de la Administración Federal de Transporte Colectivo (FTA, en inglés). El UPWP deberá ser aprobado por esta Agencia Federal.
El propósito de esta enmienda es atemperar la reglamentación sabre los marbetes, fomentando la implementaci6n de la tecnología en los procesos expedición de los mismos. Las disposiciones contenidas en este Reglamento aplicaran a toda persona natural o jurídica dueña de un vehículo de motor, arrastre, semiarrastre y/o motocicleta.
El propósito de esta enmienda al Reglamento 9240 es atemperar la reglamentación vigente sobre los marbetes, fomentando la implementación de tecnología en los procesos de expedición de los mismos. Este Reglamento se promulga conforme a la Ley 22 de 7 de enero de 2000, según enmendada
Las disposiciones de este Reglamento serán aplicables a las Estaciones Oficiales de lnspección (EOI), proveedores de servicios a EOI, a los técnicos autorizados certificados por el Departamento de Transportación y Obras Publicas (DTOP) que intervengan o participen en la inspección, evaluación y diagnóstico de los sistemas mecánicos o eléctricos, de gases, componentes y piezas relacionados a todo vehiíulo de motor sujeto a inspección y en las funciones administrativas en las EOI privadas o gubernamentales.
El propósito de este este Reglamento es establecer los criterios que han de seguirse para autorizar, reglamentar y fiscalizar las Facilidades de Gas Natural Licuado, Facilidades de Gas Natural, Regular la transmisión, distribución o entrega de gas natural por tubería, así como la importación, producción, generación, transmisión, entrega suministro o distribución de gas natural, elaborado, derivado o cualquier líquido susceptible de convertirse en gas natural y distribuido por tubería, cilindro o cualquier envase.
El propósito de este Reglamento propuesto es implementar las disposiciones de la Ley 55-2024, estableciendo como requisito a las entidades comerciales el uso de las plataformas digitales existentes en el Departamento de Transportación y Obras Públicas, para realizar los trámites de inscripción de vehículos nuevos, traspasos, consultas de vehículos y personas, transacciones de refinanciamiento, imposición y liberación de gravámenes de vehículos de motor, pago de multas, entre otras transacciones relacionadas con vehículos ante el Departamento.
Tercera enmienda al Reglamento 9119, reglamento para establecer los requisitos de certificación de expedición, uso, renovación, duplicado y cancelación del permiso de estacionamiento en forma de rótulo removible para personas con impedimentos.