
October 19, 2022
October 18, 2022
October 3, 2022

FECHA DE EMISIÓN: 7 DE AGOSTO DE 2025 FECHA DE REUNIÓN PRESUBASTA: 14 DE AGOSTO DE 2025; 9:30AM FECHA DE ENTREGA DE OFERTA: 28 DE AGOSTO DE 2025; EN O ANTES 9:00AM FECHA DE APERTURA: 28 DE AGOSTO DE 2025; 9:30AM
Mejoras Intalacion de Unidades
PROYECTO DE MEJORAS AL TERMINAL DE ITURREGUI FECHA DE EMISIÓN: 24 DE JULIO DE 2025 FECHA DE REUNIÓN PRESUBASTA: 5 DE AGOSTO DE 2025; 9:00 AM
The Department of Transportation and Public Works and the Puerto Rico Highway and Transportation Authority through Strategic Planning Office and the Puerto Rico Metropolitan Planning Organization herein notify to the public, municipalities, organizations, and state agencies, the availability of draft documents for the 2050 Long-Range Multimodal Transportation Plan.
El Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de Carreteras y Transportación a través de su Oficina de Planificación Estratégica y la Organización Metropolitana de Planificación de Puerto Rico notifican al público, a los municipios, las organizaciones privadas, y a las agencias estatales, de la disponibilidad del BORRADOR de los documentos del Plan de Transportación Multimodal a Largo Plazo 2050.
Segunda Face para establecer los procedimientos para la implementación del Marbete Digital
ORDEN ADMINISTRATIVA PARA ORDENAR CUMPLIMIENTO DE LOS TITULARES DE LAS AUTORIZACIONES PARA TRANSPORTAR GAS NATURAL LICUADO EN PUERTO RICO CON LOS REQUISITOS REGLAMENTARIOS ESTABLECIDOS POR LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE (“FEDERAL MOTOR CARRIER SAFETY ADMINISTRATION”) EN LA TRANSPORTACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS COMO EL GAS NATURAL LICUADO.
El DTOP, en cumplimiento con la Ley 60-2024, adopta esta Orden Administrativa para informar a los acueductos privados bajo jurisdicción del DTOP que los procesos de sus autorizaciones se continuarán efectuando como de costumbre, a saber, mediante Resolución y Orden en virtud de sus condiciones individuales.
Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico
El propósito de esta Segunda Enmienda al Reglamento 9169 es a los fines de incorporarle lo dispuesto de la Ley 3 de 10 de enero de 2024 conocida como “Ley para el Beneficio del Retirado Gubernamental” la cual enmendó el Artículo 3.24 de la Ley 22-2000, según enmendada, para disponer la obtención de la tarjeta de identificación con un veinticinco (25%) de descuento a los jubilados del Sistema de Retiro del Gobierno de Puerto Rico.
Este Reglamento se adopta para implementar enmiendas necesarias para cumplir con las normas y procedimientos a seguir para tramitar la adquisición de bienes (equipos, materiales, piezas, etc.), obras de construcción y servicios no profesionales, utilizando el mecanismo micro compra...
El propósito de este este Reglamento es establecer los criterios que han de seguirse para autorizar, reglamentar y fiscalizar las Facilidades de Gas Natural Licuado, Facilidades de Gas Natural, Regular la transmisión, distribución o entrega de gas natural por tubería, así como la importación, producción, generación, transmisión, entrega suministro o distribución de gas natural, elaborado, derivado o cualquier líquido susceptible de convertirse en gas natural y distribuido por tubería, cilindro o cualquier envase.